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CE confirmó decisión que condenó, en el medio de control de reparación directa, a Empresas Públicas de Armenia ESP, por los perjuicios causados como consecuencia de la lesión sufrida por una ciudadana, al caer en una alcantarilla del municipio

Escrito por  Sep 23, 2022

“El Tribunal Administrativo del Quindío no incurrió en un defecto fáctico: al proferir la sentencia del 20 de agosto de 2021 en el proceso de reparación directa, que revocó la decisión de primera instancia y, en su lugar, condenó a las Empresas Públicas de Armenia ESP, por los

perjuicios causados como consecuencia de la lesión sufrida por la señora Liliana Gualteros Pimentel, al caer en una alcantarilla del sumidero ubicada en la Carrera 19 con Calle 8 del municipio de Armenia, en hechos ocurridos el12 de marzo de 2014; al afectar la póliza de responsabilidad civil extracontractual expedida por la Previsora Compañía de Seguros, y pagar con cargo a ella el monto de la condena, bajo las condiciones pactadas en esa póliza, “hasta concurrencia del límite asegurado que, para el caso, fue $ 550.000.000 de pesos, previo deducible”.

“Para la Sala, el análisis probatorio efectuado por la autoridad judicial accionada en la providencia cuestionada, no desconoció las reglas de la sana crítica, ni de la ponderación de la prueba en cuanto a su pertinencia, conducencia y utilidad a efectos de verificar la responsabilidad de la Empresa de Servicios Públicos de Armenia ESP en el caso concreto, ni la relación contractual entre ésta y la aseguradora llamada en garantía al medio de control de reparación directa en el que se profirió la decisión cuestionada”.

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