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Comunicado de la Corte informó la decisión en la que se amparó el derecho de una persona de la tercera edad en situación de vulnerabilidad, en aplicación de su precedente constitucional para el reconocimiento de la pensión de invalidez

Escrito por  Sep 02, 2022

 “La Sala Plena constató que este cumplía con las reglas jurisprudenciales de procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez en aplicación del mencionado principio de la condición más beneficiosa, que a su vez admitía la aplicación

ultractiva de los requisitos señalados, fijados por el Acuerdo 049 de 1990 expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, para el reconocimiento de dicha prestación. En particular, la Sala encontró probada la condición de vulnerabilidad en la que se encontraba el accionante, habida cuenta de su avanzada edad, situación económica y estado de salud”.

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