la violación de los principios de legalidad e irretroactividad de las normas sancionatorias previstos el artículo 29 de la Carta Política”.
“El ciudadano argumentó que las expresiones demandadas establecen causales y sanciones administrativas que no eran previsibles para los administrados en el momento en el que incurrieron en las conductas sancionables. Adicionalmente, señaló que la norma acusada afecta la seguridad jurídica y desnaturaliza el Estado Social de Derecho, pues tiene efectos retroactivos”.