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CE revocó nulidad de un contrato de concesión minera suscrito entre la ANM y la CAR y desestimó la demanda porque la declaratoria de Reserva Forestal Protectora y DIM se realizó con posterioridad al perfeccionamiento del contrato

Escrito por  Ago 08, 2022

La Sala revocó sentencia y negó demanda en recurso de apelación presentado por la Agencia Nacional de Minería contra la sentencia proferida el 30 de marzo de 2017 por la Subsección A de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que accedió a las

pretensiones de la demanda. La parte resolutiva de la sentencia es del siguiente tenor:

Declarar la nulidad absoluta por objeto ilícito del contrato celebrado entre MINERCOL posteriormente INGEOMINAS hoy Agencia Nacional de Minería y Jorge Enrique Torres González. Esta decisión se adopta porque al momento de celebrar el contrato de concesión no se contrariaron las normas vigentes y porque la declaratoria como, que fue posterior a la celebración del contrato, no puede generar la  nulidad sobreviniente del mismo.

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