cuando la Corte Constitucional reconoció por primera vez que parejas del mismo sexo tenían derecho a heredar la pensión de su pareja y no desde 1993, cuando falleció el trabajador que originó este derecho pensional”.
Fonprecon deberá pagarle retroactivamente al sucesor de este ciudadano la pensión de sobreviviente a la que este tenía derecho, a partir del día siguiente a la muerte de su pareja, el 28 de julio de 1993. “La determinación de la alta corte obedece a una demanda contra la decisión por medio de la cual Fonprecon le concedió el derecho al pago de la pensión a partir del 2008,
cuando la Corte Constitucional reconoció por primera vez que parejas del mismo sexo tenían derecho a heredar la pensión de su pareja y no desde 1993, cuando falleció el trabajador que originó este derecho pensional”.