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Consejo de Estado declaró probada la excepción de caducidad, en recurso de apelación interpuesto por Outsourcing Servicios Integrales de Colombia, con el objeto de que se declarara nula el acta de liquidación de un contrato de prestación de servicios

Escrito por  Jun 01, 2022

Encuentra la Sala que el proceso, que inició con la demanda en ejercicio del medio de control de controversias contractuales, presentada el 20 de noviembre de 2014, por la empresa Outsourcing Servicios Integrales de Colombia Sic Ltda feneció con ocasión

del auto proferido el 26 de agosto de 2016 por el Tribunal Administrativo del Cauca. “El artículo 21 de la Ley 640 de 20013 prevé que una vez presentada la solicitud de conciliación prejudicial el término de caducidad se suspende hasta que se expida la respectiva constancia”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 01 Junio 2022 10:55