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“En todos los contratos estatales que suscriba la ANT, el supervisor e interventor deberán presentar, junto con la solicitud de liquidación del Contrato o Convenio, un informe sobre su gestión de vigilancia y control”

Escrito por  Abr 07, 2022

La ANT dispuso que "respecto a si es imperativo y categórico que el Supervisor de un convenio y/o contrato, suscriba la respectiva Acta de Liquidación, es preciso concluir que no tiene competencia para ello y son únicamente las partes quienes tienen la capacidad de celebrar y suscribir el acta de liquidación de un contrato o convenio."

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Modificado por última vez en Jueves, 07 Abril 2022 17:33