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Consejo de Estado declaró improcedente tutela que buscaba la impugnación contra una sentencia, en demanda de reliquidación de un contrato de servidumbre contra Transelca S.A. E.S.P.

Escrito por  Feb 18, 2022

El demandante cuestionó un auto del Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Barranquilla, dentro de la demanda que se adecuó al medio de control de controversias contractuales, inicialmente presentada como de reliquidación de contrato de servidumbre que adelantó contra Transelca S.A. E.S.P., al considerar que adecuó la demanda y la inadmitió con el fin de que se

subsanara, lo que, en su sentir, vulneró el derecho fundamental al debido proceso, en razón a que no propuso el conflicto de competencia y no remitió el expediente al “Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria”. El Tribunal Administrativo del Atlántico, declaró la improcedencia de la acción de tutela, bajo el argumento de que no se cumplió el requisito de subsidiariedad, en tanto el accionante contó con el recurso de reposición para reprochar la decisión de la autoridad judicial accionada de adecuar e inadmitir el asunto al medio de control de controversias contractuales, sin embargo, no lo agotó. El Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribubal.

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