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Corte Constitucional analizó el derecho a la vivienda digna de personas en situación de debilidad manifiesta y el alcance del principio de confianza legítima, en el marco de procedimientos de desalojo

Escrito por  Ene 31, 2022

A través de tutela, la corte constitucional reiteró “que respecto de este tipo de controversias el Estado tiene la obligación de recuperar el espacio público en tanto prevalece el interés general sobre los beneficios particulares.

Sin embargo, dado que por la omisión prolongada se otorgó un consentimiento a favor de los particulares, también tiene el deber de diseñar y ejecutar un plan que concilie los intereses en punga. Esa fórmula de coexistencia entre los derechos al espacio público y vivienda consistió en una medida temporal, dirigida a suspender por el término de dos meses el desalojo y, otra permanente, asociada con un plan de reubicación a favor de las familias vulnerables”.

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