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Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección del director general de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda -CARDER-

Escrito por  Dic 27, 2021

 “Se demandó la nulidad del acto de elección del director general de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, CARDER aduciendo que hubo (I) violación de las normas superiores en que debería fundarse: (a) al permitir a miembros integrantes la participación virtual en la sesión de elección de director general, (b) por tratar un punto no contemplado en el orden del día, (c) por designar el presidente ad hoc en forma indebida,

(d) por expedir los acuerdos 8, 9,10, 11,12, 13 y 14 sin cumplir los estatutos; (e) por vulnerar el debido proceso al no comunicar la decisión de las recusaciones al recusante y (f) las recusaciones afectaron el quórum para deliberar y decidir según el artículo 42 de los estatutos de la CARDER. (II) expedición irregular; (III) falsa motivación como censura que recae sobre conceptos jurídicos y (IV) falta de competencia del Consejo Directivo al no dar el trámite previsto en la ley a las recusaciones que afectaron el quórum. La Sala declaró la nulidad del acto de elección demandado, luego de concluir que las recusaciones formuladas contra los miembros del Consejo Directivo de la Carder afectaron el quorum para deliberar y que fueron tramitadas contrariando lo previsto en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011”.

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Modificado por última vez en Viernes, 24 Diciembre 2021 08:51