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Corte reiteró la regla jurisprudencial sobre los beneficios convencionales para ex trabajadores oficiales del Instituto de Seguros Sociales

Escrito por  Nov 16, 2021

“Los derechos pensionales consolidados durante la vigencia de la Convención Colectiva suscrita entre el ISS y Sintraseguridad Social deben ser objeto de reconocimiento, siempre y cuando se hubieren causado antes del 31 de octubre de 2004”

“Asimismo, la Sala determinó que se desconoció la regla de decisión derivada de Sentencia SU-086 de 2018, según la cual, el régimen pensional previsto en la Convención Colectiva de Trabajo vigente al 26 de junio de 2003, se extendía a los nuevos empleados públicos, antes trabajadores oficiales, hasta la finalización de la vigencia inicial de la convención, esto es, el 31 de octubre de 2004. Además, la Sala de Casación Laboral se apartó indebidamente de dicha regla de decisión pues no cumplió con las cargas de transparencia y suficiencia de la argumentación. Esto a pesar de que se trataba de un fallo de unificación, con carácter vinculante, que determinó el alcance de los beneficios convencionales para ex trabajadores oficiales del Instituto de Seguros Sociales”.

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