invasión de áreas de especial importancia ecológica. Igualmente, con el decreto 690 regulamos el manejo sostenible de la flora silvestre y de los productos forestales no maderables, es decir, aquellos que provienen de especies vegetales de ecosistemas naturales, como flores, frutos, semillas, cogollos, raíces y hojas, entre otros, sin causar daño en los bosques colombianos. Y en las próximas semanas tendremos la política pública y el Conpes del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP)”.