sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda, luego de considerar que la interdicción para el ejercicio de funciones públicas debe provenir de una sentencia penal ejecutoriada y no de una medida cautelar”.
“Se demandó la nulidad del acto de elección del alcalde del municipio de Bello, Antioquia, aduciendo que se encontraba inhabilitado para participar en política puesto que recaía sobre él una interdicción para el ejercicio de funciones públicas con motivo de la medida de aseguramiento no privativa de la libertad que le había sido impuesta. La Sala confirmó la
sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda, luego de considerar que la interdicción para el ejercicio de funciones públicas debe provenir de una sentencia penal ejecutoriada y no de una medida cautelar”.