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Viernes, 01 Mayo 2026

Edición 1634 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Consejo de Estado negó la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la ANM rechazó y ordenó el archivo de una solicitud de legalización de minería tradicional para la explotación de carbón coquizable en Ráquira (Boyacá), al concluir que dichas decisiones se ajustaron al marco normativo vigente y estuvieron debidamente motivadas. El Alto Tribunal determinó que la ANM actuó conforme a la ley al evaluar la solicitud bajo el sistema de cuadrícula minera previsto en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual es de aplicación inmediata incluso para trámites en curso. En ese proceso técnico se estableció que el área solicitada se encontraba totalmente superpuesta con títulos mineros vigentes y zonas de exclusión, por lo que no existía área libre susceptible de adjudicación, configurándose así una causal legal de rechazo.

La ANM amplía el plazo para la subsanación de requisitos dentro del proceso de habilitación de Operadores Tecnológicos de Trazabilidad de Minerales (OTTM). Esta medida busca fortalecer la implementación de la Plataforma de Trazabilidad de Minerales (PTM), que entrará en operación el 19 de mayo de 2026 para proyectos de gran minería y de interés nacional. El sistema permitirá verificar en tiempo real la cadena de comercialización de minerales, garantizando transparencia y cumplimiento normativo.

La ANM precisó que, según la normativa y el marco institucional vigentes entre 2005 y 2015, la autoridad competente para otorgar títulos, contratos, permisos o autorizaciones para la exploración y explotación de materiales de arrastre en el río Chigorodó fue la Gobernación de Antioquia, por delegación del Ministerio de Minas y posteriormente de la propia ANM. En ese periodo, el municipio de Chigorodó no tenía facultades legales para conceder estos permisos. La entidad aclaró que dichos derechos deben tramitarse mediante contratos de concesión inscritos en el Registro Minero Nacional y que las funciones delegadas fueron reasumidas por la ANM a partir del 31 de diciembre de 2013.

El Ministerio de Minas busca establecer el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Valle del Cauca. Este distrito, que abarca los municipios de Buenaventura, Cali, Dagua y Jamundí en aproximadamente 840.639 hectáreas, busca transformar la economía regional. La iniciativa, alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, tiene como objetivos clave promover la diversificación productiva, fomentar la asociatividad de pequeños mineros, impulsar la formalización, la producción limpia y las buenas prácticas, además de facilitar la reconversión laboral y la solución concertada de conflictos. También se busca garantizar la soberanía alimentaria de las comunidades locales. Una Mesa de Trabajo Interinstitucional diseñará un Plan Estratégico de Gestión a cuatro años, priorizando la participación de comunidades indígenas, afrodescendientes y otros grupos étnicos, así como la protección ambiental y el potencial agrícola del territorio.

La ANM respondió a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS) sobre la declaratoria de calamidad pública en Córdoba. La ANM aclaró que no es necesario expedir nuevas medidas administrativas excepcionales para el aprovechamiento temporal de materiales de construcción en zonas sin título minero, destinados a obras urgentes de mitigación. La entidad señaló que el mecanismo ya está regulado por el artículo 21 de la Ley 2250 de 2022 y la Resolución VSC No. 000001 de 2023. Los entes territoriales pueden activar este uso excepcional cumpliendo condiciones como que los materiales estén en áreas no tituladas, no se comercialicen, se cuente con apoyo técnico para mitigar daños ambientales y se realice el pago de regalías, certificando volumen y coordenadas a la ANM.