cuerdo con un concepto publicado por la SSPD La distribución de agua con fines distintos al consumo humano, por parte de prestadores de servicios públicos domiciliarios, se sujetará a lo que disponga para tal efecto la licencia ambiental y a lo que las partes pacten en uso de su autonomía privada de la voluntad, en términos de lo dispuesto en los Códigos Civil y Comercial.
La Sala Plena encontró que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de los peticionarios, por cuanto incurrió en los defectos sustantivo, violación directa de la Constitución y desconocimiento del precedente,
El Consejo de Estado suspende el proceso iniciado en contra de la Nación, el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Minería y la sociedad Cerro Matoso S.A presentado por Municipio de Montelibano (Córdoba) por no haber sido notificado del auto admisorio de la demanda a una de las entidades accionadas y existir dos fechas diferentes para la misma actuación procesal.
A través del acto administrativo se incluye en el Registro Único de Organizaciones de Recicladores (RUOR) y de conformidad con el Acta No 013 de fecha 31 de julio de 2020 del Comité de Verificación del Procedimiento del Registro Único de Organizaciones de Recicladores (RUOR) a la Asociación Gremial de Recicladores Estrella E.S.P. (A.G.R ESTRELLA E.S.P).
Para los actores, en relación con el acto que delimitó el Ecosistema Estratégico Páramo Jurisdicciones Santurbán-Berlín vulneraron los derechos fundamentales de participación ciudadana en materia ambiental, en tanto que no se citó a la ciudadanía a audiencia para permitir la participación en defensa de sus derechos, principalmente, el acceso al agua potable,