La controversia giró en torno a la nulidad de las resoluciones por las cuales Megabus S.A. declaró la caducidad y liquidó unilateralmente un contrato de concesión celebrado con Promasivo S.A., cuyo objeto era de prestar el servicio público de
En el presente caso, se pactó que el plazo de la liquidación del contrato de interventoría iniciaría luego de verificada una condición incierta y futura, para efectos de determinar si se configuró o no la caducidad del medio de control, se acudirá al
La Sala también analizó el término para imponer multa en el contrato estatal y la nulidad del acto administrativo sancionatorio. En una controversia suscitada entre el municipio de Sogamoso, Boyacá y el Consorcio Properidad (demandante), la Sala
Colombia Compra Eficiente indicó que "el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 es una norma posterior en el tiempo al artículo 42 de la Ley 1955 de 2019 y además es especial en la regulación del trámite de la mínima cuantía. Este es un argumento
La Sala revocó la sentencia de primera instancia porque, con los medios de prueba obrantes en el expediente, no se demuestra la existencia del contrato de suministro celebrado verbalmente entre las partes. De acuerdo con lo previsto en el numeral 6