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Consejo de Estado revocó sentencia porque no se demostró la existencia del contrato de suministro celebrado verbalmente entre Subred E.S.E. Y Cryogas S.A.

Escrito por  Jul 13, 2022

La Sala revocó la sentencia de primera instancia porque, con los medios de prueba obrantes en el expediente, no se demuestra la existencia del contrato de suministro celebrado verbalmente entre las partes. De acuerdo con lo previsto en el numeral 6

del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, la E.S.E. demandada está sujeta al derecho privado y sus contratos no requieren celebrarse por escrito; pero, para dar por demostrado un contrato verbal, es necesario ofrecer los medios de prueba que evidencien cómo se acordaron los elementos de su esencia.

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