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Viernes, 26 Abril 2024

Edición 1155 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

A través del presente concepto la DIAN indicó que las empresas de medicina prepagada son las encargadas de prestar los servicios de acuerdo con el contrato suscrito con el usuario y, en consecuencia, serán dichas empresas las que tienen la obligación de expedir la factura de venta por los vales o que adquieren los usuarios, para de esta manera acceder al servicio contratado. Lo anterior, sin perjuicio del tratamiento contable y fiscal que dichas empresas deban realizar de estos ingresos para efectos del impuesto sobre la renta.

A través de este acto se adopta en el país la Iniciativa Global "Equipos Médicos de Emergencia", como un programa Nacional para la reducción del riesgo y el robustecimiento de la capacidad de respuesta del sector salud en el ámbito extramural, en particular durante situaciones de emergencias, crisis y en zonas de difícil acceso.

El programa "Hospitales Resilientes frente a Emergencias de Salud y Desastres" tiene como objetivo general fortalecer la preparación y capacidad de respuesta de las instituciones prestadoras de salud ante situaciones de emergencias y desastres, adoptando un enfoque integral que abarque la diversidad de fuentes de amenazas, con énfasis en la adaptabilidad y la rápida recuperación de los hospitales, con posterioridad a cualquier tipo de evento catastrófico.

A través de este acto, el ministerio de Salud crea el Comité de Seguimiento al Cumplimiento de la Sentencia T-302-17 proferida por la Corte Constitucional en La Guajira. A través de este fallo se declaró el Estado de Cosas Inconstitucional en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, salud, agua potable y participación del pueblo Wayúu.

El Ministerio de Hacienda considera procedente incluir esta alternativa para el manejo de los recursos destinados a los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero, teniendo en cuenta que a través de ella también pueden manejarse los recursos que financian el Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero; y, en todo caso, la Empresa Social del Estado podrá optar por una u otra alternativa, para garantizar la adecuada utilización de los recursos que respaldan estos programas.