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Domingo, 28 Abril 2024

Edición 1155 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La medida tiene por “objeto regular algunos aspectos generales de los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago y los prestadores de servicios de salud o proveedores de tecnologías en salud, celebrados entre dos o más personas naturales o jurídicas para la prestación o provisión de servicios y tecnologías en salud, en sus etapas precontractual, contractual y post

A través del acto administrativo, “se hace necesario modificar el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630, 744 Y 1671 de 2021, en el sentido de actualizar el objeto del Plan Nacional de Vacunación, la población objeto, las responsabilidades del Ministerio de Salud y Protección Social y establecer el reconocimiento del derecho a la vacunación contra el COVID-19 ante posibles pérdidas del biológico por frascos abiertos”.

“Será competencia del Ministerio de Salud y Protección Social asumir el pago de las sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas, derivadas de las obligaciones contractuales y extracontractuales a cargo de la liquidada Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander”.

El actor fue vinculado a la Armada Nacional como suboficial, durante más de 23 años, en donde obtuvo como último grado el de Sargento Primero de Infantería de Marina. Por el término de cerca de cinco (5) años, de forma ininterrumpida, tuvo “excusa de servicio” con tratamiento en casa, debido a diagnósticos de “trastornos de estrés postraumático” y “depresión mayor” con base en

La Corte concluyó que “el menor se encontraba en un escenario de alto riesgo debido a que los diferentes informes psicológicos indicaban que presentó comportamientos relacionados con un posible abuso sexual.