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Martes, 14 Mayo 2024

Edición 1162 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“La Sala Plena se refirió a la especial asistencia y protección que debe brindar el Estado a la mujer durante el embarazo y después del parto que se deriva del artículo 43 superior. Adicionalmente, resaltó los instrumentos internacionales en materia de protección de las mujeres gestantes, así como los pronunciamientos de la OMS y la literatura existente acerca de la violencia obstétrica”.

“La Corte Constitucional señaló que la financiación del servicio educativo con adecuaciones curriculares y el transporte requerido para ello es un asunto que está excluido de la financiación con cargo a los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

“La Corte Constitucional le otorgó cuatro meses a la Secretaría de Tránsito, Transporte y de la Movilidad (STTM) de Ibagué para que realice las acciones necesarias que permitan poner en funcionamiento los semáforos sonoros con los que ya cuenta la ciudad, además de garantizar su mantenimiento y evitar el deterioro de toda la red de semafórica”.

La Corte tuteló los derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital, a la seguridad social y al debido proceso del Actor. El demandante consideró que Colpensiones desconoció, al negarle la revisión de un dictamen de pérdida de capacidad laboral del cual depende el reconocimiento de una sustitución pensional en calidad de hijo en estado de invalidez.

El ministerio de Salud, con el objetivo de asegurar las acciones diferenciales en salud pública que buscan garantizar el acceso, mejorar las condiciones de vida y salud y lograr cero tolerancias con la morbilidad, mortalidad y discapacidad evitables en estas poblaciones, adoptó un Capítulo Diferencial para el Pueblo Rrom.