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Corte ordenó a Colpensiones a emitir un acto administrativo que liquide, reconozca y pague la sustitución pensional a la que tiene derecho el demandante en estado de invalidez

Escrito por  Mar 30, 2022

La Corte tuteló los derechos fundamentales a la vida digna, al mínimo vital, a la seguridad social y al debido proceso del Actor. El demandante consideró que Colpensiones desconoció, al negarle la revisión de un dictamen de pérdida de capacidad laboral del cual depende el reconocimiento de una sustitución pensional en calidad de hijo en estado de invalidez.

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