La Corte Constitucional de Colombia eligió a Jorge Enrique Ibáñez Najar como su nuevo presidente y a Paola Andrea Meneses Mosquera como vicepresidenta. Esta decisión fue tomada por la Sala Plena de la Corte y ambos dignatarios asumirán sus funciones a partir del 10 de febrero de 2025. Jorge Enrique Ibáñez es un abogado con especialización en Derecho Constitucional y ha destacado en investigación y consultoría en diversas áreas del derecho. Por su parte, Paola Andrea Meneses es abogada con experiencia en Derecho Público y Corporativo, y ha ocupado cargos relevantes en el sector público y privado, así como distinciones por sus contribuciones a la jurisprudencia constitucional en temas de diversidad e inclusión. La designación de los líderes está basada en la antigüedad de los magistrados en la corporación. Su elección marca un nuevo capítulo para la Corte, que jugará un papel fundamental en la protección de los derechos fundamentales durante su gestión.
En la sentencia, la Corte respaldó la tasa mínima de tributación del 15% establecida por la Ley 2277 de 2022. Argumentó que esta medida busca corregir la erosión de la base gravable, obligando a las empresas a tributar al menos ese porcentaje sobre su utilidad financiera, contribuyendo a una mayor equidad en el sistema tributario.
Se trata del texto de la sentencia de la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “estéticas” del literal c del artículo 6 de la Ley 84 de 1989, justificando que su inclusión como excepción a la presunción de maltrato animal carece de un propósito legítimo y violenta la dignidad y bienestar de los animales. En la sentencia, se argumenta que la mutilación o alteración de partes de animales con fines estéticos no solo constituye un acto de crueldad, sino que también ignora el reconocimiento de los animales como seres sintientes con derechos inherentes a su bienestar. Se destaca que esta práctica puede acarrear dolor y alterar las capacidades comunicativas de los animales, comprometiendo su interacción social. Además, se señala que la normativa vigente se debe interpretar en consonancia con los principios de protección constitucional, donde se debe priorizar la dignidad y bienestar animal, rechazando visiones utilitaristas que las consideren meros objetos. Por último, la Corte reitera que este tipo de intervenciones no son compatibles con las tendencias modernas hacia el respeto y protección legal de los animales, alineándose así con estándares internacionales emergentes que prohíben tales procedimientos.
La Corte Constitucional dictó sentencia en la que ordenó a Smart Fit realizar adaptaciones en sus instalaciones para garantizar la accesibilidad de personas con discapacidad visual. El caso surgió a raíz de una tutela presentada por un ciudadano que, debido a su discapacidad, fue rechazado en el gimnasio por intentar ingresar con su perro de guía. La Corte determinó que esta negativa vulneró sus derechos a la igualdad, la recreación y el deporte, al no permitir la entrada del perro ni ofrecer las condiciones adecuadas para el acceso.
La Corte Constitucional, mediante un Auto, declaró el incumplimiento general en la suficiencia de la UPC (Unidad de Pago por Capitación) para el sistema de salud. Se ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social crear una mesa de trabajo para revisar la UPC de 2024, actualizando su cálculo y considerando el rezago acumulado desde 2021. La Corte destacó que el Ministerio no ha avanzado en solucionar fallas en el sistema de información, lo que dificulta calcular una UPC adecuada. Las fallas incluyen la falta de mecanismos fiables para contrastar los datos de las EPS y la insuficiencia de la información utilizada para el cálculo. También se mencionó la necesidad de revaluar factores como la siniestralidad y la inflación en el cálculo de la UPC. El retraso en la equiparación del valor de la UPC entre el régimen subsidiado y el contributivo también fue señalado, lo que ha generado incumplimientos desde 2022. En resumen, la Corte exige al Ministerio realizar ajustes inmediatos para asegurar una financiación suficiente del Plan de Beneficios en Salud (PBS) en los próximos años.