El taller se llevará a cabo de manera presencial en las instalaciones de la CREG (AV. Calle 116- 7 15 OF. 901) y se transmitirá a través de las redes sociales YouTube (@CREGPrensa) y Twitter (@comisioncreg), el jueves 13 de junio de 2024 de 9:00 a.m. a 11:00 a.m. (para mayoristas) y el jueves 13 de junio de 2024 de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. (para minoristas). El objetivo es, entre otros, explicar los formatos de diligenciamiento de información AOM para la vigencia 2023.
La CREG publicó la plantilla de reporte de información de los gastos AOM para la vigencia 2023, una guía de instrucciones para el diligenciamiento de ésta y una descripción de las características que debe tener la información que se reporte. Los agentes a los cuales se solicita enviar esta información deberán reportarla utilizando obligatoriamente las plantillas adjuntas a esta circular y siguiendo las nuevas instrucciones de cargue de información siguiendo el cronograma del 10 al 19 de julio.
La CREG compartió la plantilla de reporte de información de los gastos AOM para la vigencia 2023, una guía de instrucciones para el diligenciamiento de ésta y una descripción de las características que debe tener la información que se reporte. Los agentes a los cuales se solicita enviar esta información deberán reportarla utilizando obligatoriamente las plantillas adjuntas a esta circular, a más tardar el diez (10) de julio de 2024, siguiendo las nuevas instrucciones de cargue de información.
La norma aplica a todos los empleadores contratantes, contratistas, aprendices y población trabajadora de todas las actividades económicas que desarrollen trabajo en cualquier tipo de calderas instaladas en funcionamiento o que pretendan instalar, así como quienes desarrollen labores de operación o mantenimiento de estas o sus equipos auxiliares y tuberías sujetas a presión asociadas a calderas, bien sean personas naturales, jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
A través de este acto administrativo la ANH estableció la variación del Índice de Precios al Productor – PPI -, en 1,0638% para el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2024 al 30 de abril de 2025, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 87 del Acuerdo No. 02 de 2017, modificado y compilado por el Acuerdo 9 de 2021. Las tarifas y el Precio Base Po, para liquidar los Derechos Económicos contemplados en los artículos 82, 83, 84, 85 y 86 del Acuerdo No. 02 de 2017, modificado y compilado por el Acuerdo 9 de 2021, quedaron actualizados de acuerdo con lo indicado en esta resolución.