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Viernes, 10 Mayo 2024

Edición 1161 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través de un concepto la CREG estableció que, en el contrato de arrendamiento celebrado entre el arrendador y arrendatario se acordará cuál de las partes deberá hacer el pago por la revisión de la instalación interna de gas, así como las posibles reparaciones que se requieran como resultado de esta revisión.

De acuerdo con el concepto publicado por a CREG los porcentajes de subsidios que se aplican actualmente a los usuarios de estratos 1 y 2 de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible son los establecidos en el artículo 3 de la Ley 1117 de 2006.

A través del acto administrativo la CEG establece el procedimiento de cálculo de la tasa de descuento aplicable en las metodologías tarifarias que expide la Comisión de Regulación de Energía y Gas para las actividades que regula, de acuerdo con las fórmulas que se encuentran en el documento publicado por la entidad.

La UPME, haciendo uso del análisis de la producción, demanda y capacidad de transporte del año inmediatamente anterior (2020) y la participación de los agentes en cada una de estas actividades, presenta el estudio para la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural – CNO GAS 2021. Puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.

Fue publicado para comentario el proyecto de resolución “Por la cual se establece el reglamento de transporte de combustibles líquidos por poliductos - RTP -”. Los comentarios serán recibidos dentro de los próximos 30 días calendario a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.