Durante el 15 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2020 los copropietarios podrán pagar las cuotas de administración en cualquier momento de cada mes (es decir de abril, mayo y junio respectivamente) sin que se causen intereses de mora, penalidades o sanciones establecidas en la ley de propiedad horizontal o en el reglamento de la copropiedad.
De acuerdo con el concepto publicado por el MinTransporte, es obligación de la empresa de transporte habilitada en el servicio público de transporte terrestre automotor especial, gestionar y renovar la tarjeta de operación.
De acuerdo con la doctrina publicada por el MinTransporte, los bienes y servicios de primera necesidad son aquellos que consumen "sectores muy amplios de la población" con el propósito de atender "aspectos vitales de sus necesidades básicas". Así, los bienes y servicios de primera necesidad son los que se requieren para satisfacer el "derecho a la subsistencia",
Los Vehículos especiales automotores y no automotores de carga, aquellos que sobrepasan los límites máximos de dimensiones y pesos y/o cuya configuración no se encuentra establecida en las Resoluciones 4100 de diciembre 28 de 2004 y 2888 del 14 de octubre de 2005, o las normas que la modifiquen o sustituyan, destinados al transporte de cargas indivisibles, ya sean extradimensionadas y/o extra pesadas.
La tarjeta de operación es el documento único que autoriza la operación de transporte que se realiza a través de un vehículo automotor, convirtiéndose en el permiso para operar en la modalidad de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, bajo la responsabilidad de una empresa debidamente habilitada, de acuerdo con los servicios contratados.
A través del concepto publicado por el MinTransporte, se hace referencia a la Resolución 1080 de 2019 “por la cual se expide el reglamento técnico de cascos protectores para el uso de motocicletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos, y similares.” En donde fueron desarrolladas todas las disposiciones para el uso reglamentario de cascos, vías de circulación
A través de la publicación de un concepto, el Mintransporte dispuso que, en los casos en los que el generador de la carga no cargue o descargue la mercancía dentro de los tiempos pactados en el contrato de transporte, el flete contratado se incrementará en el monto o porcentaje dispuesto por las partes en el contrato de transporte.
De acuerdo con el concepto publicado por el MinTransporte, la prestación del servicio público de transporte estará sujeta a la habilitación y a la expedición de un permiso o a la celebración de un contrato de concesión u operación, según que se trate de rutas, horarios o frecuencias de despacho, o áreas de operación, servicios especiales de transporte, tales como: escolar, de asalariados, de turismo y ocasional.