De acuerdo con el concepto publicado por la SuperSociedades, Los socios de toda compañía se reunirán en junta de socios o asamblea general ordinaria una vez al año, por lo menos, en la época fijada en los estatutos. Se reunirán también en forma extraordinaria cuando sean convocados por los administradores, por el revisor fiscal
El artículo 5 de la Ley 1258 de 2008, exige el cumplimiento de una serie de requisitos que debe tener la razón social de las Sociedades por Acciones Simplificadas estableciendo que se crearán mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado, inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio
De acuerdo con el concepto publicado por la SuperSociedades, dentro de los procesos de insolvencia se encuentra el proceso de reorganización empresarial, el cual pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos y pasivos.
“En ocasiones resulta difícil de entender que el socio gestor esté llamado a mantenerse en la administración de la sociedad en comandita, mientras que los socios comanditarios no pueden intervenir en la gestión de la compañía. Sin embargo, éste fue el diseño que ordenó el legislador, según el cual el socio gestor
De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, durante el término de la emergencia sanitaria -actualmente vigente hasta el 30 de noviembre de 2020 de conformidad con la Resolución 1462 de 2020- las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto no pueden adelantar acciones de suspensión
De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD la distribución de agua con fines distintos al consumo humano, por parte de prestadores de servicios públicos domiciliarios, se sujetará a lo que disponga para tal efecto la licencia ambiental y a lo que las partes pacten en uso de su autonomía privada de la voluntad, en términos de lo dispuesto en los Códigos Civil y Comercial.
De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, en la actualidad la regulación no contempla que los autogeneradores a pequeña escala (AGPE) ni las empresas que desarrollan proyectos de autogeneración a pequeña escala, deban realizar algún trámite para desarrollar su actividad ante el operador del mercado de energía
“En virtud del artículo 314 de la Ley 1955 de 2019, en concordancia con el artículo 18 de la misma Ley, los sujetos la contribución adicional para la vigencia 2020 serán los prestadores de servicios públicos domiciliarios, conforme 1994, así como todos los agentes que inciden directa o indirectamente en la prestación