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Interpretación jurídica de la SSPD sobre los trámites para el desarrollo de actividades de los autogeneradores a pequeña escala

Escrito por  Nov 25, 2020

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, en la actualidad la regulación no contempla que los autogeneradores a pequeña escala (AGPE) ni las empresas que desarrollan proyectos de autogeneración a pequeña escala, deban realizar algún trámite para desarrollar su actividad ante el operador del mercado de energía

mayorista o alguna de sus dependencias. Lo anterior, máxime si se tiene en cuenta que el registro de fronteras de comercialización y generación, es responsabilidad actual de los comercializadores que representen al AGPE.

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