Para la Sala, aunque la parte actora alegó el desconocimiento de la jurisprudencia reiterada en relación con las inhabilidades sobrevinientes en materia contractual, “la argumentación expuesta en la solicitud de revisión eventual, más que dirigida a acreditar la necesidad de revisión de la sentencia proferida por el tribunal, está encaminada a cuestionar la valoración probatoria y poner en evidencia las falencias en las que, a su juicio, incurrió el juez de segunda instancia, como si se tratara de una instancia adicional”.
Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sección Tercera del Consejo de Estado consideró que la Fiscalía incurrió en un defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, porque un vehículo sufrió daños mientras estuvo incautado y bajo custodia de las autoridades. “La Sala reiteró que el secuestro de bienes que ejercen entidades públicas se rige por las normas civiles del contrato de depósito, en la modalidad de secuestro. El artículo 2253 CC establece que el depositario es obligado a la restitución de la misma cosa o cosas individuales que se han confiado en depósito. El acta de entrega definitiva de un bien aprehendido por una orden judicial es un documento que da cuenta no solo de su devolución, sino de su estado. De modo que quien lo recibe debe dejar consignados los reparos sobre el deterioro sufrido por el bien con ocasión del comiso, pues, precisamente, esa acta será su soporte para reclamar los perjuicios a que haya lugar. De no dejarse constancia de las averías, será improcedente su reclamación, al no tener respaldo alguno”.
A través del presente concepto, quedó dispuesto que, "bien sea que entre la persona prestador de servicios públicos y la entidad territorial se decida celebrar un convenio, contrato u otro tipo de instrumento que contenga las condiciones esenciales que regulen la transferencia de recursos, entre ellas, la tasa de interés moratorio por el no giro oportuno, y con independencia de la naturaleza jurídica de la primera de ellas, es bien sabido que por regla general son los representantes legales de las personas jurídicas quienes se encuentra facultados para comprometer su voluntad."
De acuerdo con el presente concepto, en las zonas conformadas en su mayoría por usuarios de estratos 1 y 2 y que a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución CRA 364 de 2006 presenten niveles de micromedición inferiores al 50% de los usuarios pertenecientes a las mismas, las personas prestadoras, en lugar de instalar micromedidores a cada usuario, podrán efectuar, para los efectos previstos en esta resolución, la sectorización física de las redes de distribución respectivas.
El concepto 220-063949-2022 indicó que bajos los mandatos anotados, el interventor, en la etapa de la toma de posesión, tiene la potestad otorgada por la ley para dar por terminado los contratos de trabajo y realizar la consecuente liquidación de las prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, de acuerdo con la referida normatividad. Si los contratos de trabajo fueron terminados con anterioridad al Decreto del proceso de intervención, dichas acreencias no pueden considerarse ni ser tenidas como gastos de administración, y su reconocimiento y pago se supedita a las reglas del proceso de liquidación judicial, después de haberse devuelto los dineros a los afectados con la captación.
De acuerdo con el presente concepto, el Sistema de Seguridad Social Integral es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales complementarios. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
El concepto cita la sentencia de la lCorte Constitucional en la sentencia C-412 de 2015: “Así las cosas, de una lectura sistemática del artículo 106 de la Ley 1450 de 2011, se desprende que el legislador estableció una prohibición para la explotación de minerales, como lo es la no utilización de dragas, minidragas, retroexcavadoras y demás equipos mecánicos en las actividades mineras sin título minero inscrito en el Registro Minero Nacional, determinando que el incumplimiento de dicha prohibición da lugar, además, de las correspondientes sanciones penales a otras de carácter administrativo, como el decomiso de dichos bienes y la imposición de una multa hasta de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, que aplicará la autoridad policiva correspondiente, facultando al Gobierno Nacional para que reglamente la materia relacionada con la imposición de las sanciones allí previstas”.
A través del presente concepto se indicó que "el numeral 3.5.7 del documento base del documento tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte –Versión 3 establece la forma como se acredita la experiencia para los subcontratos. Esta numeral diferencia los subcontratos derivados de contratos suscritos con particulares, de los suscritos con entidades estatales. Para el primer evento, señala que «para la acreditación de experiencia de subcontratos, cuyo contrato principal fue suscrito con particulares, se aplicarán las disposiciones establecidas en el numeral anterior»."