A través del presente Decreto se nombró al doctor Juan José Quintana Aranguren, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, como Agente para que atienda y represente los intereses de Colombia con ocasión de la intervención en el caso de la demanda instaurada el 29 de diciembre de 2023, ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por la República de Sudáfrica contra el Estado de Israel, sobre violaciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948 en la Franja de Gaza; y a la doctora Diana Carolina Olarte Bacares, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, acreditada como Embajadora de Colombia ante el Reino de los Países Bajos, como Coagente para que de igual manera atienda y represente los intereses de Colombia.
A través del presente Decreto quedó establecido que, el Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP) es un patrimonio autónomo que será administrado por la Fiduciaria la Previsora S.A en los términos del contrato de fiducia mercantil que se suscriba para el efecto. Los costos asociados a la administración del Fondo deberán ser competitivos y ajustados a los precios de mercado.
Quedó establecido que El Fondo Nacional S.A. (FNG) podrá ceder a título gratuito a la Central de Inversión S.A CISA, la cartera que se genere por el pago de cualquier tipo de garantía que sea otorgada a cualquier, crédito, valor o activo, indistintamente del mecanismo de instrumentalización utilizado en el marco del programa Unidos por Colombia. Esta cesión será realizada por el Fondo Nacional de Garantías S.A-FNG en el momento del pago del siniestro. Para este efecto se suscribirá un convenio interadministrativo entre las mencionadas entidades.
A través del presente Decreto se establecen las reglas y condiciones bajo las cuales se autoriza a la Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. -Findeter, para crear una línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a promover la Vivienda de Interés Social -VIS y Prioritario -VIP para el Desarrollo Regional (Urbano y Rural).Adicionalmente, se estableció que, la Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. -Findeter podrá crear una línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a promover la Vivienda de Interés Social-VIS y Prioritario -VIP para el Desarrollo Regional (Urbano y Rural), hasta por un monto de un billón de pesos moneda corriente ($1 .000.000.000.000 M/Cte.).
En el presente informe presentado por el BanRepública al Congreso el Emisor informa que “en el curso de 2023 la economía colombiana avanzó en el ajuste macroeconómico requerido para lograr un crecimiento compatible con su capacidad productiva y con la estabilidad externa y de precios. Fue así como después de registrar crecimientos históricamente altos en 2021 (10,7 %) y 2022 (7,3 %), que llevaron el producto interno bruto (PIB) a niveles superiores a los registrados antes de la pandemia, la actividad económica se desaceleró durante 2023, para cerrar el año con una variación anual del 0,6 %. El débil crecimiento económico se explicó por una pérdida de dinamismo de la demanda interna, la cual se contrajo un 3,8 % en 2023, como respuesta, en parte, a las políticas monetaria y fiscal que fueron necesarias para facilitar el proceso de ajuste.
El BanRepública publicó un informe sobre Educación financiera y bienestar financiero 2024 en el que revela que solo un 16,4% de la población colombiana puede responder correctamente las 3 preguntas claves que se han diseñado para evaluar el conocimiento financiero de los individuos, con variaciones significativas entre diferentes grupos demográficos. La pregunta sobre inflación, sin embargo, es contestada correctamente por el 79% de los encuestados, siendo el segundo país con mayor conocimiento de este fenómeno de todos en los que se han realizado estudios recientes sobre estos temas.
De acuerdo con el comunicado oficial del Banco de la República: ”los Puntos de Cambio son fondos de efectivo del Emisor, operados bajo responsabilidad de empresas de recaudo en diferentes ciudades del país, con los cuales estas firmas realizan las operaciones de tesorería autorizadas por el Banco, entre ellas, el servicio de ventanilla de atención al público para cambio de efectivo de baja denominación con el público en general, sin costo para los usuarios”. Las direcciones y ciudades en las que se encuentran los puntos de cambio en el territorio nacional se encuentran vinculadas en el documento original publicado por la entidad.
De acuerdo con esta Circular, la información con base en la cual será posible efectuar revisiones a la ejecución de las inversiones, directamente por parte de la CREG o a través de terceros, son indicadas en el presente acto.