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prensa juridica

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La CREG publicó los precios de referencia para la venta al público de la gasolina motor corriente, gasolina motora corriente oxigenada, ACPM-diésel y sus mezclas con biocombustibles, vigentes a partir del 4 de mayo de 2026. Estos precios se basan en los ingresos al productor definidos por los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía, e incluyen componentes como tarifas de transporte, márgenes de distribuidores, impuestos nacionales, impuesto al carbono y sobretasa, entre otros. La circular también detalla precios específicos por ciudades principales y calcula estructuras de precios para diferentes mezclas, destacando la incorporación de biocombustibles en el marco normativo vigente.

El Ministerio de Relaciones Exteriores propone reestructurar el Comité Colombiano de Cooperación Económica en el Pacífico (COLPECC), con el fin de fortalecer la inserción de Colombia en la región Asia-Pacífico. La iniciativa busca actualizar su composición, tras la desaparición de varias entidades, y articular la participación del país en foros como APEC, ASEAN y PECC. El nuevo esquema integrará Gobierno, empresarios y academia, y contará con un grupo de expertos para asesorar la política exterior. Además, el comité orientará proyectos de cooperación económica, técnica y científica, y promoverá la internacionalización del país. La medida pretende mejorar la coordinación institucional y aprovechar oportunidades comerciales y estratégicas en el Pacífico.

La DIAN busca implementar formalmente el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) para todos los documentos generados en medios electrónicos que deban ser firmados por sus funcionarios, conforme a la normativa vigente. Esta medida, fundamentada en leyes y decretos colombianos, busca garantizar autenticidad, integridad y no repudio de los actos administrativos, promoviendo mayor eficiencia, trazabilidad y seguridad jurídica. El IFE, basado en claves privadas y procedimientos tecnológicos confiables, tendrá la misma validez legal que la firma manuscrita y permitirá validar la identidad del firmante en entornos digitales. La puesta en marcha está prevista antes de finalizar 2026, con el fin de modernizar y unificar los procesos de la entidad.

El Gobierno presentó la Política Nacional de Trabajo Digno y Decente, orientada a mejorar las condiciones laborales y avanzar hacia un modelo productivo sostenible e inclusivo. La iniciativa aborda desafíos como la transición energética, la digitalización y la inclusión de poblaciones históricamente excluidas. Busca fortalecer la capacidad institucional para garantizar derechos laborales, expandir la protección social y fomentar el diálogo tripartito. La implementación estará a cargo del Ministerio de Trabajo en coordinación con múltiples ministerios y entidades nacionales, con seguimiento previsto hasta 2035 para asegurar la generación de empleos formales y dignos en todo el territorio.

La SSPD señaló que, conforme a la Ley 142 de 1994, los contratos de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios se rigen en general por el derecho privado, permitiendo celebrar contratos de leasing o renting con plazos superiores a una vigencia fiscal siempre que se respeten principios financieros y normativos aplicables. La entidad enfatizó que no está facultada para imponer aprobación previa de estos contratos ni para pronunciarse sobre aspectos específicos del régimen estatal de contratación, los cuales corresponden a la Agencia Nacional de Contratación Pública. Además, recomendó cumplir con normas presupuestales y controles fiscales y disciplinarios, resaltando que la SSPD actúa en función de sus competencias de inspección, vigilancia y control.

La SSPD enfatizó que las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado deben organizarse conforme a la Ley 142 de 1994 y cumplir con requisitos legales, ambientales y regulatorios, incluyendo la inscripción en el Registro Único de Prestadores (RUPS). Sin embargo, el registro en el RUPS no constituye permiso de funcionamiento ni habilita por sí solo la expedición de factibilidades. La Superservicios tiene competencia para verificar la disponibilidad inmediata del servicio, pero no para aprobar actos o contratos previos de los prestadores. La definición del procedimiento para otorgar factibilidades y aspectos territoriales corresponde a las autoridades municipales, incluyendo la certificación dentro del área de prestación del servicio (APS), la cual debe vincularse al Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

El Ministerio del Trabajo indicó que el recargo por laborar en días de descanso obligatorio, como domingos, se mantiene y puede aplicarse a cualquier día pactado entre trabajador y empleador, no solo el domingo. El recargo será gradual: 80% desde julio de 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027, adicional al salario ordinario por el día trabajado y otros pagos. Si se labora en hasta dos días de descanso al mes, el trabajador elige entre pago o descanso compensatorio; si es habitual (tres o más), debe otorgarse descanso remunerado obligatorio. Cambios unilaterales en días de descanso sin acuerdo carecen de validez legal.

El Ministerio de Ambiente aclaró que la Ley 2173 de 2021, que promueve la restauración ecológica mediante la siembra de árboles, no define el término "fase de salvamento" en sus normas ni en su reglamentación. Esta situación genera incertidumbre sobre la aplicación práctica y el alcance de la exención para empresas disueltas, liquidadas, inactivas o en esta fase, que deben presentar un certificado oficial que acredite su condición para quedar exentas. Aunque no se crea una equivalencia jurídica, el Ministerio reconoce que procesos formales como la reorganización empresarial bajo la Ley 1116 de 2006, que busca recuperar y conservar empresas para evitar su liquidación, pueden servir como acreditación válida ante la autoridad ambiental. Sin embargo, la última palabra sobre la situación jurídica corresponde a las autoridades empresariales o judiciales competentes, mientras que el Ministerio verificará únicamente la documentación presentada, sin definir ni ampliar el concepto legal de "fase de salvamento". Así, se protege el principio de legalidad y se evita la creación de nuevas categorías jurídicas fuera del marco normativo vigente.