La CREG publicó el Proyecto de Resolución para establecer medidas regulatorias excepcionales en la comercialización de GLP con precio regulado. La iniciativa responde a dificultades logísticas como cierres viales que afectan el transporte y suministro del combustible, buscando garantizar la continuidad del servicio público domiciliario. Propone un mecanismo flexible que permite cambios en el punto de entrega de GLP de común acuerdo entre comprador y vendedor, sin penalizaciones, y habilita la comercialización de corto plazo para mejorar la disponibilidad. Además, busca presentar información anticipada sobre la oferta de producto y fomentar una operación más eficiente ante contingencias como desastres naturales o bloqueos.
La CREG publicó un Proyecto de Resolución que establece las condiciones para el traslado de precios de contratos resultantes del Mecanismo de Comercialización de Contratos de Energía Eléctrica del Mercado Regulado, promovido por Conexión Energética. El proyecto fija indicadores para la evaluación del mecanismo, en línea con la Resolución CREG 114 de 2018, asegurando eficiencia, transparencia y fiabilidad. Además, contempla la contratación de auditores para validar los resultados y garantiza la disponibilidad de información para supervisión por parte de autoridades competentes. La propuesta fue sometida a consulta pública para recibir observaciones antes de su implementación.
La CREG amplió en 35 días hábiles los plazos para las actividades pendientes de la subasta convocada mediante la Resolución CREG 101 079 de 2022, extendiendo el plazo máximo hasta el 2 de diciembre de 2025. Esta decisión responde a las solicitudes de diversos interesados, quienes argumentaron la necesidad de al menos 20 días hábiles para analizar y decidir sobre su participación en la subasta tras conocer todas las disposiciones aplicables. Además, la normativa vigente permite a la CREG ajustar los plazos cuando las circunstancias lo ameriten, buscando garantizar un proceso ordenado y efectivo. Así, se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones de energía firme dentro de los nuevos tiempos establecidos.
La Entidad publicó un proyecto de resolución que modifica la liquidación de las desviaciones en las Obligaciones de Energía Firme establecidas en el anexo 7 de la Resolución CREG 071 de 2006. Esta iniciativa busca mejorar la eficiencia y confiabilidad del sector eléctrico, incentivando la contratación a largo plazo y ajustando los precios de escasez en condiciones críticas del mercado mayorista. La propuesta, abierta a comentarios durante diez días hábiles, responde a solicitudes de agentes para aumentar la participación en las subastas de expansión y armonizar la liquidación del cargo por confiabilidad con nuevas disposiciones regulatorias. Los cambios impactarán a generadores y comercializadores, asegurando un suministro energético más estable y alineado con criterios sociales, económicos y ambientales.
La CREG publicó un proyecto de resolución que busca modificar el artículo 24 de la Resolución CREG 185 de 2020 y ampliar la vigencia transitoria del artículo 45 de la Resolución 102 015 de 2025 por tres trimestres más a partir del 1 de diciembre de 2025. Esta medida permitirá la negociación y registro de contratos de capacidad de transporte de gas natural en el mercado secundario para períodos posteriores al último trimestre de 2025, con cláusulas regulatorias que ajusten las condiciones contractuales después del año de gas 2030 según las disposiciones que determine la CREG. El proyecto está en consulta pública por tres días desde su publicación, invitando a interesados a enviar sus comentarios. La resolución busca armonizar metodologías de suministro y transporte en un contexto de escasez y garantizar la continuidad y eficiencia en la prestación del servicio de transporte de gas natural en Colombia.
La CREG publicó proyecto de resolución que fija la contribución especial para 2025, a pagar por los prestadores de servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y GLP. La tarifa aprobada es del 0,82219470% sobre los gastos de funcionamiento depurados, con base en la información financiera de 2024, para cubrir un presupuesto de $40.989.100.000. La liquidación individual será notificada a cada empresa, la cual deberá pagar dentro del mes siguiente a la ejecutoria del acto administrativo. Las empresas que no reporten la información o no se inscriban en el registro serán tratadas como omisas, con liquidaciones basadas en los últimos estados disponibles, indexados al IPC. Esta contribución busca financiar los costos del servicio de regulación impartidos por la CREG, conforme a las leyes 142 y 143 de 1994.
El proyecto de resolución de la CREG propone modificar la Resolución 119 de 2007 para actualizar la fórmula tarifaria que permite a los Comercializadores Minoristas establecer los costos de prestación del servicio eléctrico a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional. La modificación busca asegurar la correcta aplicación de los criterios tarifarios legales, incluyendo la remuneración de costos por garantías financieras vinculadas al Mercado Mayorista de Energía y a los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local. Esto garantiza estabilidad financiera y funcionamiento adecuado del mercado, alineándose con leyes sectoriales y principios constitucionales, para equilibrar los intereses de usuarios y agentes del sector.
La CREG presentó un proyecto de resolución que modifica las reglas para el cronograma trimestral de mejora del Índice de Indisponibilidad Histórica Forzada (IHF) en plantas y unidades de generación, buscando asegurar la eficiencia y fiabilidad en el suministro eléctrico. La propuesta establece mecanismos más estrictos para el seguimiento y cumplimiento de las metas de reducción del IHF, incluyendo la posible terminación de la Obligación de Energía Firme y la ejecución de garantías en caso de incumplimiento. El proyecto, aprobado para consulta pública por cinco días hábiles, invita a empresas, usuarios y autoridades a enviar observaciones para fortalecer la regulación del sector eléctrico y promover la competitividad y la calidad del servicio.
La CREG) emitió un proyecto de medida transitoria para autorizar la generación forzada en plantas de generación, cogeneración y autogeneración que deseen entregar energía excedentaria, debido a la prolongación del mantenimiento de la planta de regasificación en Cartagena. Esta medida busca asegurar el suministro eficiente y continuo de energía en el Sistema Interconectado Nacional (SIN). Las plantas deben estar registradas ante ASIC y reportar su intención al Centro Nacional de Despacho (CND). La generación forzada será remunerada según la normativa vigente y los costos no cubiertos se distribuirán entre los comercializadores del SIN. La medida estará vigente hasta que finalice el mantenimiento, aprobado por el CNO de Gas Natural. Esta resolución busca garantizar la estabilidad del sistema eléctrico durante esta contingencia.
El Proyecto de Resolución establece un programa transitorio para la participación activa de la demanda en la bolsa de energía, en respuesta al mantenimiento de la planta de regasificación de Cartagena (SPEC) del 10 al 14 de octubre de 2025. Busca mitigar el impacto en el suministro eléctrico del área Caribe 2 mediante un mecanismo de reducción de demanda. Las ofertas deben ser de al menos 1 MW por día y para tres días específicos (12-14 de octubre). La CREG invita a presentar observaciones en un plazo de 6 horas tras la publicación del proyecto, buscando una rápida implementación ante esta situación extraordinaria. El Ministerio de Minas prioriza el abastecimiento de gas natural para la generación y servicio público en este periodo.