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“Si para la conformación de los comités de Ética Hospitalaria se requiere que las instituciones donde funcione deban prestar servicios de “internación o sea que tengan hospitalización de pacientes”, nada indica la normatividad vigente sobre esa situación.”

A través de la doctrina publicada por el MinSalud, la Entidad indicó: “Es la evaluación sistemática llevada a cabo por un ente externo a la institución evaluada. Su propósito es verificar la realización de los procesos de auditoría interna y autocontrol, implementando el modelo de auditoria de segundo orden. Las entidades que se comporten como compradores de servicios de salud deberán desarrollar obligatoriamente la auditoría en el nivel de auditoría externa”

De acuerdo con la doctrina publicada por el MinSalud, el concepto de rehabilitación será emitido por el médico tratante de la respectiva Entidad Promotora de Salud (EPS) o por la Entidad Obligada a Compensar (EOC), sin que se haya previsto en la normativa que debe mediar solicitud del empleador, igualmente, de superarse el día 120 el usuario podrá solicitar ante la entidad respectiva la emisión del concepto.

Los representantes de los usuarios y de los servidores públicos de la entidad tendrán un periodo de dos (2) años y no podrán ser reelegidos para periodos consecutivos, ni podrán ser parte de las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado en más de dos ocasiones. En los municipios de 6ª categoría, los representantes de los usuarios y los empleados públicos tendrán un periodo de 4 años.

La Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado de nivel territorial de primer nivel de complejidad, estará integrada de la siguiente manera: El jefe de la administración departamental, distrital o municipal o su delegado, quien la presidirá, el director de salud de la entidad territorial departamental, distrital o municipal o su delegado.

“Por competencia legal, una entidad de salud o un médico puede ser requerido para certificar una defunción en casa de una persona que haya consultado habitualmente o no a la institución e incluso no siendo el médico tratante. Toda entidad de salud debe responder a la solicitud de certificar una defunción ocurrida fuera de la institución, máxime si es paciente conocido que cuenta con

Las entidades de salud deberán cancelar íntegramente la parte de las cuentas que no hubieran sido glosadas, en los términos contractuales, como condición necesaria para que la institución prestadora de servicios de salud esté obligada a tramitar y dar alcance a las respectivas glosas formuladas de la cuenta, siempre que la factura cumpla con las normas establecidas por la

A través del concepto quedó expuesto que, para la toma de fotografías, audios o videos, de la vacunación que se está adelantando para mitigar el Covid-19,

“Los representantes de los usuarios y de los servidores públicos de la entidad, es decir de una ESE del primer nivel, tendrán un periodo de dos (2) años y no podrán ser

La Autoridad de la Salud estableció a través del concepto que el período del representante de las alianzas de usuarios o asociaciones de usuarios en Juntas Directivas de las