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Sección 4

Sección 4 (1381)

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En la providencia objeto de tutela, el Tribunal Administrativo de Nariño delimitó el estudio del caso a establecer si hubo incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista o si por el contrario se dio un cabal cumplimiento, como lo afirmó esta última en la

Para la Sala, de conformidad con los artículos 142 y 143 del Estatuto Tributario, y la técnica contable, las inversiones efectuadas en etapa de exploración de hidrocarburos (petróleo y gas) deben registrarse como activos diferidos, y serán deducibles gradualmente mediante el