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De acuerdo con el Concepto de Colombia Compra Eficiente, los factores de desempate serán aplicables en el caso de las cooperativas y asociaciones mutuales que

El presente concepto indicó que los términos y condiciones de los contratos para la exploración y explotación de minerales en áreas de aporte celebrados con las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas al MinMinas nacen de la libre negociación entre las partes.

De acuerdo con el concepto el procedimiento que debe llevarse a cabo en el trámite de integración de áreas de títulos mineros, así como los requisitos que deben cumplirse, se encuentra previsto en la Resolución 209 de 15 de abril de 2015, y el protocolo de evaluación de solicitudes de integración de áreas de la Vicepresidencia de Contratación y Titulación de la Agencia Nacional de Minería.

La ANM dispuso que “respecto a la suspensión judicial vigente con relación al trámite de terminación unilateral presentado, se considera que, al tratarse de instancias independientes, no se afecta el curso de la actuación administrativa que deba adelantarse para la aprobación de la solicitud de terminación unilateral del subcontrato de formalización presentado por el titular minero.”

De acuerdo con el concepto publicado por la autoridad minera, declarada la nulidad absoluta de un contrato minero, el contrato deja de producir efectos; no obstante, la nulidad no produce efectos retroactivos en tanto se trata de un contrato de ejecución sucesiva. Lo que imposibilita la aplicación de alguna de las cláusulas previstas en el mismo, así como tampoco ninguno de los efectos legales que sobrevienen a su terminación ordinaria.

 Para la Sala, “tratándose de contribuyentes no obligados a llevar libros de contabilidad, el artículo 770 del Estatuto Tributario prevé que estos pueden solicitar pasivos que estén debidamente respaldados por documentos de fecha cierta. De conformidad con el artículo 767 del E.T., cualquiera que sea la naturaleza del documento privado,

la Sala reitera las consideraciones expuestas en una sentencia del año 2020, en la cual se planteó que “los artículos 815 y 850 del ET ofrecen a los obligados tributarios tres alternativas de utilización de los saldos a favor declarados en sus autoliquidaciones de impuestos, pues pueden «imputarlos dentro de su liquidación privada del mismo impuesto, correspondiente al siguiente período gravable»,

La Sala cita la sentencia de unificación del 03 de diciembre de 2020, exp. 23540, CP: Julio Roberto Piza Rodríguez, en la que “fijó un criterio de decisión frente a una litis de similares características al asunto que convoca la atención de la Sala en esta oportunidad, esto es, sobre el alcance de la expresión autorización específica de un mayor aprovechamiento del suelo contenida en el artículo 74 de la Ley 388 de 1997

Para la Sala, “el giro ordinario de los negocios de las instituciones financieras está compuesto por las actividades propias del objeto de la entidad o de sus funciones y por las actividades conexas que guardan estrecha relación con dicho objeto”. El Consejo de Estado destaca que el numeral 1º del artículo 105 del CPACA establece que no serán del conocimiento de esta jurisdicción las

“El Consejo de Estado, en auto de marzo 27 de 2012, con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011, fijó el alcance del artículo 295 del Código de Minas y afirmó: “una excepción al criterio temporal se da al existir una norma que, si bien es anterior es especial, es decir, regula de manera específica y completa una materia, como ocurre con el Código de Minas.