En Sala Plena del 23 de junio, la Corte Constitucional decidió declarar exequible la expresión “las declaraciones presentadas sin pago total no producirán efecto, sin necesidad de acto administrativo que así lo declare”, contenida en el artículo 4 de la Ley 2010 de 2019. Se trata de comunicado oficial de la decisión. El texto de la sentencia saldrá próximamente. Estaremos pendientes de ésta tan pronto esté publicada.