A través del concepto 220-059082-2021 la Entidad reitera que las sociedades obligadas a implementar un programa de Transparencia y Ética Empresarial son aquellas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades y que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Resolución No. 100-006261 de 2020. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.