Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Consejo de Estado declaró nulas resoluciones expedidas por la EAAB, mediante las cuales se declaró y confirmó la caducidad administrativa de un contrato celebrado entre esta Entidad y el Consorcio Obras Tunjuelo

Escrito por  Jun 16, 2021

Providencia del Consejo de Estado analizó el régimen contractual aplicable a las empresas de servicios públicos domiciliarios y las facultades excepcionales en contratos regidos por el derecho privado. Para la Sala, “la inclusión de una cláusula excepcional en contratos regidos por el derecho privado, en los cuales no se haya cumplido con los requisitos para su introducción,

resultaría en una cláusula abusiva sobre la que se podría configurar su ineficacia de pleno derecho. Esto es, una cláusula de este tipo podría tenerse por no escrita, lo que le permitiría a la parte afectada abstenerse de realizar prestaciones o continuar con el goce pacífico de sus derechos”. La Sala accedió a la solicitud de declaratoria de nulidad, “en un asunto en el cual una entidad, ante la ausencia reconocida de la cláusula de caducidad, decidió autohabilitarse, ejercer una facultad que no tenía, mediante un acto administrativo que gozó de los privilegios propios de ese tipo de actos como la presunción de legalidad  (y que produjo efectos hasta que un juez de tutela dejó sin “valor y efecto” los actos administrativos acá demandados), para terminar abusando de su posición y escudarse tras poderes que codició detentar”.

Descargar documento