Este Despacho advierte que la Resolución 312 de 29 de mayo de 2020 proferida por el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos tuvo por objeto, entre otras, prorrogar la suspensión de atención al público de manera presencial dispuesta inicialmente mediante la Resolución 152 de 2020 (prorrogada por las resoluciones la resoluciones 175, 186 y 212 de 2020).
Por tanto, para evitar la eventual adopción de decisiones contradictorias en casos análogos y en aplicación de los principios de celeridad y economía procesal, así como en consideración a que la Resolución No. 152 de 18 de marzo de 2020 se expidió primero en el tiempo, se dispone remitir el expediente para su acumulación.
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