En la convocatoria respectiva, la entidad señaló que el edificio se encontraba en avanzado estado de deterioro, por lo que el arrendatario debía proceder a su reconstrucción. Dado que la inversión para esa reconstrucción correría a cargo del arrendatario, los costos respectivos serían amortizados con descuentos a los cánones de arrendamiento, que el tomador del edificio comenzaría a pagar una vez culminadas las obras de reestructuración. Para la Sala, la sociedad Pan Airlines Representaciones S.A. está legitimada en la causa por activa, por cuanto el debate se centra en el supuesto incumplimiento y desequilibrio económico del contrato de arrendamiento.