declarado previamente la caducidad del contrato.
La Sala revocó el fallo de primera instancia por no compartir el argumento esgrimido por el Tribunal, con el cual la demanda carece de objeto. “Lo anterior, comoquiera que subsistía la necesidad de que el a quo decidiera sobre la pretensión orientada a que se hiciera efectiva la cláusula penal por razón del alegado incumplimiento del contratista, aun cuando se hubiera
declarado previamente la caducidad del contrato.