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En los procesos que se tramiten contra Interbolsa S.A. (Liquidada) debe vincularse al proceso a la SuperFinanciera y al Fogafin, con el fin de que se pronuncien sobre la legalidad de las decisiones que se censuran: Consejo de Estado

Escrito por  Feb 17, 2021

En el presente asunto, el a quo rechazó la demanda al considerar que no es procedente dar trámite a la demanda, dado que Interbolsa, demandada, se encuentra extinta y, en esa medida, carece de capacidad jurídica para comparecer al proceso. Para el Consejo de Estado, tanto la Superintendencia Financiera de Colombia como Fogafin, deben hacerse responsables de las

decisiones del liquidador, en tanto que la primera ordenó la liquidación de la sociedad demandante y, la segunda, designó a la sociedad Negeret & Abogados Consultores S.A.S. como liquidadora.

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Modificado por última vez en Miércoles, 17 Febrero 2021 09:11