El demandante sostuvo que la Asamblea Departamental del Valle del Cauca no estaba autorizada por ninguna ley para crear esta contribución, mientras que el departamento señala que la Ley 181 de 1995 lo faculta para la creación de este gravamen. La Sala procede a juzgar la legalidad de la Ordenanza 144 de 2001 y los artículos 160 a 170 de
la Ordenanza 301 de 2009, por medio de las cuales se creó la contribución a moteles, residencias y afines, de conformidad con lo expuesto en la sentencia de primera instancia y el recurso de apelación presentado por el Departamento del Valle del Cauca.
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