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Consejo de Estado unificó jurisprudencia sobre la sanción por devolución o compensación improcedente y los criterios de aplicación de la modificación introducida a la misma por el artículo 293 de la Ley 1819 de 2016

Escrito por  Feb 03, 2021

La Alta Corte “unificó la jurisprudencia de la Sección sobre la determinación e imposición de la sanción por devolución o compensación improcedente prevista en el artículo 670 del Estatuto Tributario. Concretamente, la Sala estableció cuál es la incidencia de la falta de

firmeza de los actos administrativos de determinación oficial del saldo a favor susceptible de devolución o compensación en la imposición de la sanción y, en virtud de la aplicación de los principios de favorabilidad en materia sancionatoria tributaria y de non bis in idem, fijó los criterios de aplicación de la modificación introducida a la sanción por el artículo 293 de la Ley 1819 de 2016, en lo atinente a su monto y base de cálculo”.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 15:45