y están bajo la posesión de quien los compró, lo permutó, lo remató, o de un tercero, y ha transcurrido un lapso de diez (10) años sin conocer su destino final (…)”.
Mediante la Ordenanza 024 de 2012, la Asamblea Departamental de Antioquia estableció la posibilidad de condonar el pago del impuesto de vehículos a cargo de quienes habían perdido su posesión. “La posible condonación beneficiaba a las personas registradas como propietarias de “(…) los vehículos vendidos, permutados o rematados, que no han legalizado el traspaso
y están bajo la posesión de quien los compró, lo permutó, lo remató, o de un tercero, y ha transcurrido un lapso de diez (10) años sin conocer su destino final (…)”.