En ese sentido, se entiende que la norma aplicable al servicio de transporte de empleados y contratistas de empresas del sector de minas y energía es restringir el número de pasajeros para desplazamientos en vehículos pequeños, si fuere el caso organizando turnos de trabajo y teniendo en cuenta la distancia mínima entre los mismos. (En lo posible con el número mínimo de usuarios incluyendo el conductor que operacionalmente pueda garantizarse según la actividad a realizar).