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Consejo de Estado negó pretensiones de demanda en la que no se demostró una titularidad prioritaria sobre la enseña comercial “LA ROMANA” por cuanto el uso y el derecho exclusivo, cesó en el año 2004

Escrito por  Ene 22, 2021

La Sala no acogió el argumento de la parte demandante, relativo a que el uso de la enseña comercial nominativa LA ROMANA se extendió en el tiempo de manera continua hasta la fecha de la presentación de la demanda, pues según lo probado en el proceso, el uso dado a la enseña comercial no se extiende en el tiempo de tal forma que le permita oponerse al registro de la marca concedida.

La parte demandante demostró que el primer uso que dio a la enseña comercial nominativa LA ROMANA, fue en el año de 1964, uso que se extendió hasta el año 2004, sin embargo, en el expediente no existe prueba que demuestre algún uso continuo, regular y efectivo, de forma posterior al año 2004.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 16:57