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Directrices de Colombia Compra sobre la participación en contratación pública por parte de proponentes plurales

Escrito por  Sep 19, 2025

Los proponentes plurales sí pueden participar en varios procesos de contratación pública, pero deben registrarse individualmente en cada uno mediante el sistema SECOP II, creando una cuenta distinta para cada procedimiento, según lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y sus reglamentos. La participación en múltiples procesos no es una causal de rechazo, siempre y cuando cumplan con los requisitos y formalidades legales, sin afectar la objetividad del proceso. En cuanto a la acreditación de los supuestos en los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.14, estos deben acreditarse mediante documentos que demuestren la experiencia, capacidad organizacional o finanzas, otorgando prioridad a quienes acrediten ser emprendimientos de mujeres, y cumplen con los requisitos específicos para acceder a los criterios diferenciales y puntajes adicionales en las convocatorias públicas.

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Septiembre 2025 20:37