Entre otras recomendaciones, la SIC precisa que en relación con el Anexo 3 que contiene el Glosario, se debe hacer una revisión de las nuevas palabras incluidas en él, en el sentido de que estas definiciones no puedan ser interpretadas de manera que beneficien a ciertos actores del mercado, estén alineadas con las leyes y demás normativa vigente y no restrinjan de forma excesiva los términos. También, entre otras recomendaciones precisa que se debe evaluar la necesidad de incluir, dentro del “Anexo 3 – Glosario” o en el documento que considere, que la entidad contratante tendrá el deber de definir de manera amplia, clara y suficiente cada uno de los conceptos que se adicionen.