Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Corte reiteró la legalidad de la norma que otorga potestad a integrantes de la Policía con funciones judiciales, para acceder a los circuitos cerrados de seguridad privada, en el marco de una investigación penal

Escrito por  Ene 30, 2024

A través de esta providencia la Corte decidió estarse a lo resuelto en sentencia C-406 de 2022, que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 48 de la Ley 2197 de 2022 “en el entendido de que los integrantes de la Policía Nacional que ejercen funciones de Policía Judicial, podrán acceder a los circuitos cerrados de vigilancia y seguridad privada para acciones de identificación o judicialización en el marco de una investigación de carácter penal, previa autorización de la autoridad judicial correspondiente, salvo en los actos urgentes, los casos de flagrancia y en otras actuaciones que no requieren autorización judicial previa. para su realización. Esto, acorde con la normativa procesal penal y los principios que rigen la protección de datos personales”.

C-380-2023

Modificado por última vez en Lunes, 29 Enero 2024 21:14