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SuperSociedades carece de competencia para pronunciarse frente al pago de indemnizaciones laborales en un proceso de reorganización

Escrito por  Dic 07, 2020

Las funciones jurisdiccionales que ejerce SuperSociedades, en materia del régimen de insolvencia (llámese proceso de reorganización o de liquidación), se desarrollan con base en los principios de independencia, autónoma, transparencia e imparcialidad, en el ejercicio de su función constitucional y legal de administrar justicia en estas precisas materias.

Teniendo claro lo anterior se advierte no tiene competencia para ordenar y definir el pago o no de indemnizaciones laborales causadas con anterioridad a la apertura del trámite de reorganización, aspecto que debió quedar definido en la calificación y graduación de créditos para ser objeto de pago en la ejecución del acuerdo de reorganización correspondiente.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:37